ECONOMIA

23.06.2021

Abre este viernes la inscripción al Repro II

TELAM

Así lo informó el Ministerio de Trabajo, que este miércoles publicó en el Boletín Oficial la Resolución 344/2021. Los meses seleccionados para el cálculo de la variación interanual de la facturación requerida por la AFIP serán mayo de 2019 y de 2021.

Las nuevas fechas se establecieron a través de la Resolución 344/2021, publicada en el Boletín Oficial,
El Ministerio de Trabajo estableció este miércoles que, para acceder al Programa de Reactivación Productiva II (Repro II) para los salarios devengados durante este mes, la inscripción quedará abierta desde este viernes, 25 de junio, hasta el próximo 1 de julio.
Así lo determina la Resolución 344/2021 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social publicada hoy en el Boletín Ofiicial, que fija para el Programa de Asistencia de Emergencia a Trabajadores y Trabajadoras Independientes en Sectores Críticos el mismo plazo de inscripción que para el Repro II.

Las condiciones


Además, la norma oficializada fija las pautas a considerar para aplicar los criterios de preselección respecto de las fechas de facturación y nómina de las empresas que quieran acceder al beneficio al Repro II.
Los meses seleccionados para el cálculo de la variación interanual de la facturación requerida por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) serán mayo de 2019 y de 2021, pero no se deberá considerar la facturación para las empresas iniciadas a partir del 1 de enero de 2019.
Asimismo, el mes seleccionado para determinar la nómina de personal y los salarios de referencia será mayo último; el corte de actualización de bajas de nómina será hasta el 23 de junio; y el de CBU hasta el 22 de junio último.
El Ministerio Trabajo prorrogó el viernes pasado el Repro II para los salarios devengados este mes, y extendió también el Programa de Asistencia de Emergencia a Trabajadoras y Trabajadores Independientes en sectores críticos.
Para los sectores críticos, la facturación para el período comprendido entre el 1 y el 22 de junio de 2021 y el mismo lapso de 2019, debe presentar una reducción superior al 20% en términos reales.
Esta condición no rige para trabajadoras y trabajadores independientes, en caso que la fecha de inscripción al régimen de trabajo independiente correspondiente sea posterior al 1 de enero de 2019.
Para las y los independientes, en caso de contar con trabajadoras y trabajadores bajo su dependencia, la dotación de personal no podrá ser superior a cinco, en el mes anterior a la solicitud del beneficio.
En caso que una empleadora o un empleador no perteneciente a un sector crítico, cuente con trabajadoras y trabajadores dependientes prestando servicios en el ámbito de los centros de compra, será encuadrado como crítico.

Las cifras de la ayuda


El Repro II correspondiente a mayo tuvo a 580.000 trabajadores con el cobro del salario complementario, lo que supuso una inyección de $ 11.000 millones
El mes pasado, alrededor de 35.000 empresas accedieron al beneficio dispuesto por el Repro II, y el monto total transferido para el pago de las remuneraciones ascendió a $ 8.600 millones, lo que se suma al pago a más de 107.000 trabajadores encuadrados en el régimen de autónomos o monotributistas, con una inversión fiscal superior a $ 2.300 millones.
En ese sentido, se indicó que en términos de la cobertura de los sectores más afectados por la pandemia, más del 60% de los trabajadores que fueron beneficiados por el programa son pequeñas y medianas empresas de hasta 100 trabajadores.
El Programa alcanzó en mayo a más del 80% del total del empleo del sector en los cines, del 70% en las agencias de viaje y del 65% del empleo total en el sector gastronómico.
Desde el mes pasado, el Gobierno aumentó a $ 22.000 la asistencia para las trabajadoras y trabajadores en empresas de sectores críticos, el mismo monto que para los de salud.
También, se amplió la nómina de sectores críticos, y se le aplicó un tratamiento diferenciado a las empresas con trabajadoras y trabajadores dependientes que prestan servicios en centros de compras. En tanto, dejó en $ 9.000 el subsidio a los no críticos afectados.
Además, resolvió incrementar para el Programa de Asistencia de Emergencia a Trabajadores y Trabajadoras Independientes en Sectores Críticos el monto de beneficio también a $ 22.000, se amplió la nómina de sectores en condiciones de acceder al programa y se redujo el número de aportes a los regímenes de monotributo y autónomo, a dos pagos.
De acuerdo con un análisis del Comité de Evaluación y Monitoreo del Programa, "la situación sanitaria actual amerita un tratamiento particular para los sectores críticos, mientras dure la aplicación de las medidas excepcionales adoptadas para proteger la salud de la población".